El Colegio Americano tiene convenio con la cooperativa de transporte COOTRAESCAL quien tiene una experiencia de más de 20 años en el ramo del servicio de Transporte.
Cuentan con la debida certificación y habilitación del Ministerio de Transporte según resolución N° 025 de Mayo 08/2001 y con la certificación de la ISO 9001 del ICONTEC que permite garantizar la mejora continua y el cumplimiento de las normas y leyes permitiendo brindar un servicio de calidad.
1) Poner a disposición del COLEGIO los vehículos suficientes y necesarios, en óptimas condiciones de conservación y funcionamiento, en modelos no inferiores al 2002, cumpliendo con todas las medidas de seguridad y con toda la reglamentación exigida por el Ministerio de Transporte en lo correspondiente a este tipo de servicio especial escolar.
2) A presentarle al COLEGIO al momento de iniciar el año académico, copias de las pólizas de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual de cada uno de los vehículos en que se presta el servicio, copia de las certificaciones de las revisiones técnico mecánicas de los vehículos, los SOAT vigentes y los documentos de los conductores que van a prestar el servicio, con las direcciones de los mismos y sus teléfonos.
3) Darle el extracto de contrato correspondiente, a los vehículos vinculados a la EMPRESA, para que puedan servir las rutas al COLEGIO.
4) Vigilar que los conductores estén provistos de la documentación exigida por el Ministerio de Transporte, Instituto Municipal de Tránsito y Transporte de Pereira y Transporte Público Metropolitano y demás organismos gubernamentales, con el fin de evitar la paralización total o parcial de los vehículos.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA TRANSPORTADORA.
5) Vigilar y constatar que el (o los) conductor(es) se encuentre(n) afiliado(s) al Sistema de Seguridad Social Integral.
6) Enviar en cada uno de los recorridos de vehículos una persona adulta o Asistente de Ruta, con autoridad para garantizar la protección, disciplina y cuidado de los estudiantes.
7) Equipar todos los vehículos con radioteléfono y disponer de un equipo para el colegio
OBLIGACIONES DE LOS CONDUCTORES
1) Estar puntual en la hora y en el lugar asignado por EL COLEGIO, para iniciar la ruta.
2) Llevar una velocidad moderada (40-50 Km/hora) durante el recorrido.
3) Procurar por mantener su vehículo en excelentes condiciones de aseo, excelente estado técnico mecánico, haciendo los respectivos mantenimientos preventivos.
4) Llevar las puertas cerradas, recogiendo y dejando a los estudiantes en sitios seguros (No en la mitad de la calle, ni en huecos o areneros, etc.)
5) Llamar al Padre de Familia o Adulto responsable para confirmar cuando un estudiante le pida dejarlo en un lugar diferente al establecido (previa autorización escrita por el padre y autorizada por el colegio).
6) No realizar transbordos durante sus recorridos normales, a menos que sea por un imprevisto o se presente una avería.
7) El conductor se obliga a tener el vehículo al servicio del COLEGIO en el horario establecido. En caso que se presentare que el conductor no pueda cumplir con el recorrido o con el horario establecido, por presentársele un imprevisto o un caso fortuito de fuerza mayor, estará obligado a conseguir y enviar un vehículo de remplazo, este deberá ser con vehículos similares y en buen estado de funcionamiento.
8) El conductor no podrá transportar personal diferente al autorizado por el COLEGIO, ni podrá cambiar el recorrido sin la debida autorización del COLEGIO.
9) El conductor debe mantener una relación cordial y de respeto con los padres de familia y/o acudientes responsables que acompañan a los estudiantes al paradero en la mañana y/o que los reciben por la tarde. No colocar ningún tipo de música durante los recorridos.